PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS

CONCEPTO

El objeto de esta pensión, es el de proporcionar una prestación económica y una asistencia médico farmacéutica gratuita, así como servicios sociales complementarios a personas que no hayan cotizado o la hayan hecho de forma insuficiente. Existen dos modalidades:

  1. Pensión no contributiva de Jubilación.
  2. Pensión no contributiva de invalidez.

CÓMO TRAMITAR

De manera presencial y telemática.

¿Quién lo puede pedir?

1. Jubilación: Tener sesenta y cinco o más años. Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. Y carecer de ingresos suficientes.

2. Invalidez: Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco. Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. Grado de discapacidad igual o superior al 65%. Y carecer de ingresos suficientes.

 ¿Dónde se puede tramitar?

En el PROP, en la OMAC y en sede electrónica de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

Fechas

Todo el año.

Precio

Gratuito

Organismo Responsable

CONSELLERIA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS